ENLACES ALASKA

INFORMACIÓN

Hay una ley para la violencia contra las Mujeres (VAWA). Esta ley protege a las esposas, hijos y padres que sufren violencia física o emocional en sus hogares y su abusador es ciudadano o residente permanente de Estados Unidos. Las y los afectados pueden presentar una solicitud de residencia permanente, y se les puede dar permiso para trabajar y obtener servicios y beneficios públicos.
Usted podría convertirse en residente permanente si su abusador es:

Este es un programa del Alaska Institute for Justice (Instituto para la Justicia de Alaska). Ellos son una organización sin fines de lucro y trabajan para proteger los derechos de los migrantes en Alaska. Aquí le pueden dar información y ayuda legal (con apoyo de abogados). Ellos trabajan en casos de asilo, deportación, residencia permanente y ciudadanía. También trabajan con migrantes que han sufrido violencia doméstica, tráfico de personas y otros delitos. Aquí hablan español.

VAWA permite que las víctimas hagan su solicitud sin decirle al abusador.

La visa T es para los sobrevivientes de trata de personas. Ellos pueden obtener un estatus migratorio legal, permiso para trabajar y beneficios públicos.

La visa U es para víctimas de ciertos delitos que han sufrido abuso mental o físico y que pueden ser de ayuda para la policía o el gobierno en sus investigaciones.

El refugio o el asilo puede darse a personas que han sido dañadas o temen ser dañadas por su raza, religión, nacionalidad y / o pertenencia a un grupo social o por tener alguna opinión política.

Los refugiados son personas que se encuentran fuera de los Estados Unidos y que no pueden o no quieren regresar a sus hogares porque tienen miedo de ser heridos. Uno solo puede convertirse en refugiado desde fuera de los Estados Unidos: https://www.uscis.gov

El asilo es para personas que ya están en los Estados Unidos o en un puerto de entrada a los Estados Unidos.

Usted puede solicitar asilo en los Estados Unidos sin importar su país de origen o su estado migratorio. Para más información sobre el asilo, consulte: https://www.uscis.gov